Noticias de actualidad

Periódicamente, le transmitiremos las últimas noticias en materia fiscal y sobre nuestra gestoría.

Nuevo Sistema Cret@ , Sistema de Cotización a la Tesorería General de la Seguridad Social
 

El nuevo Sistema Cret@ de cotizaciones sociales, vendrá a sustituir al actual sistema Red Directo a  partir del mes de octubre de 2014 con carácter voluntario y es muy probable que obligatorio para el próximo año 2015

 

Con el desarrollo e implantación del nuevo sistema Cret@, se agilizará el cálculo y pago de las cotizaciones sociales de los trabajadores. Para ello, la Seguridad Social facilitará a las empresas, de forma online, un borrador que podrá ser confirmado y autoliquidado por las mismas de manera similar a como funcionan los borradores del IRPF.

 

¿Cómo funciona el Sistema Cret@?

 

Con el sistema RED Directo, operativo en la actualidad, las empresas comunica  cada una de sus cuentas de cotización de empresas  la cotización de sus trabajadores dentro del mes (DAT), informando de las bases, deducciones y compensaciones. Finalmente, han de calcular la cotización total de la cuenta de cotización (Totales TC2) y el importe a pagar (Total TC1).

 

El cambio con  la implantación del Sistema Cret@,  las empresas no deberán calcular el total de la cotización de sus trabajadores ni el resultado de la liquidación, ya que éste cálculo les será facilitado en el borrador online, que sólo habrán de revisar y confirmar. Por lo que vendrá a sustituir al actual modelo TC1.

 

Las empresas  sólo tendrán que comunicar una pequeña parte de la información,  y tener siempre actualizados el estado de la afiliación de cada uno de sus trabajadores en la TGSS, ya que si con el actual sistema es la propia empresa la responsable del cálculo de la liquidación, con el nuevo  Sistema Cret@ la obligación de la empresa consiste en comunicar los datos necesarios a la Seguridad Social en plazo, ya que será ésta la responsable del cálculo de la liquidación.

 

 

http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/SistemaRed/ProyectoCreta/index.htm

NOVEDADES EN MATERIA FISCAL

Como era de esperar, con este nuevo año se han producido importantes novedades en materia fiscal que afectan al trabajo de nuestros despachos profesionales, así como a los clientes que en ellos representamos.


RESUMEN DE LAS PRINCIPALES NOVEDADES


1) El del Real Decreto Ley 20/2011 de 30 de diciembre de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público nos trae, entre otras, las siguientes conclusiones:


• Se aprueba para los ejercicios 2012 y 2013 la modificación del porcentaje de retención aplicable a las rentas derivadas de los alquileres, de los rendimientos del capital mobiliario y de las ganancias que pasa del 19 % al 21 %. Los alquileres del mes de enero ya están afectados por esta modificación.
• A las retribuciones de los administradores y de los miembros del consejo de administración se les debe retener el 42% durante los años 2012 y 2013.


• Se ha reinstaurado la deducción por adquisición de vivienda habitual con efectos desde 1 de enero de 2.011, con lo cual debemos aplicarla a la próxima declaración a realizar en mayo-junio.


• Se mantiene para el ejercicio 2012 la reducción por mantenimiento o creación de empleo.


• Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2012 el tipo del 4% en el IVA para la adquisición de viviendas nuevas.

 

2) La Orden EHA/3552/2011, de 19 de diciembre, regula los términos en los que los obligados tributarios pueden ejercitar la posibilidad de señalar días en los que la Agencia Tributaria no podrá poner notificaciones a su disposición en la dirección electrónica habilitada. El señalamiento de estos días ya se puede realizar en el siguiente enlace


https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/ZN01.shtml